La Permanencia Transitoria se concede a personas extranjeras que ingresan a Chile por turismo, negocios u otros motivos, por un tiempo limitado, sin intenciones de residir ni establecerse de forma permanente.
Esta figura autoriza a permanecer por hasta 90 días en el país, plazo que se puede prorrogar hasta por 90 días más una única vez. La vigencia no podrá exceder el período de validez del pasaporte o documento de viaje.
Los extranjeros deberán acreditar que cuentan con los medios económicos suficientes para sustentar su estadía en el país.
Las personas titulares de Permanencia Transitoria NO pueden realizar actividades remuneradas, salvo que el Servicio de Migraciones los autorice expresamente, como es el caso de Integrantes y personal de espectáculos públicos, deportistas, conferencistas, asesores y técnicos expertos, y habitantes extranjeros de zonas fronterizas.
Las personas con permiso de Permanencia Transitoria que estén en el país, no podrán postular a permisos de residencia, salvo estos casos excepcionales:
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